ACTA MESA ELECTORAL F.C.E CANDIDATURAS A LA PRESIDENCIA
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Como cada año y tras haber presentado las memorias de exploración, abrimos el plazo para solicitar la renovación de las zonas asignadas y/o solicitar una nueva. En el apartado de Petición de Permisos, tenemos toda la documentación necesaria. Descarga el formulario que hay que rellenar (PINCHA AQUÍ) y para el cual tienes a tu disposición una pequeña guía de ayuda (PINCHA AQUÍ) ¡¡¡Atento a las novedades!!!.
Recordamos que es requisito indispensable presentar una memoria de exploración del año en curso para optar a la renovación de la zona de exploración. Aquellos clubes que hayan presentado su memoria con la solicitud de subvención, no es necesario que la vuelvan a presentar. Todos aquellos que no la hayan presentado, cántabros o externos, deberán adjuntarla con la propia solicitud de renovación correctamente cumplimentada.
El plazo para presentar estas solicitudes será hasta el 15 de diciembre (incluido) a la Federación Cántabra de Espeleología por email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., en formato PDF o de imagen, para su valoración por la Comisión Delegada de Zonas y posterior realización del informe a la Consejería.
Mediante la presente, y siguiendo el calendario electoral, se convoca la Asamblea General Constitutiva de la Federación Cántabra de Espeleología, que incluye la elección de nuevo presidente de la Federación.
De acuerdo con el Reglamento Electoral, podrá presentar candidatura a la presidencia de la Federación cualquier persona física mayor de edad que esté en pleno uso de sus derechos civiles, y no haya sido inhabilitada para el desempeño de cargo público por sentencia judicial firme o para cargo deportivo por un órgano disciplinario deportivo también con carácter firme. La presentación de una candidatura deberá venir avalada mediante firma de al menos el diez por ciento de los miembros de derecho de la asamblea general, no siendo preciso que el candidato sea miembro de la misma. Cada miembro de la asamblea podrá avalar con su firma a más de un candidato.
La Federación facilitará a los candidatos a presidente, en totales condiciones de igualdad entre todos ellos, un listado de los miembros de la asamblea general en el que se incluya su nombre y dirección. Este listado sólo podrá ser utilizado para la comunicación de los candidatos con los miembros de la asamblea en el desarrollo del proceso electoral y para garantizar la igualdad de todos los candidatos. En todo caso deberá respetarse lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
La presentación de candidatos deberá realizarse en la sede de la Federación (Casa del Deporte, Avda. del Deporte, s/n - 39012 SANTANDER, hasta cinco días hábiles antes de la fecha fijada para la celebración de la asamblea (es decir, HASTA EL 2 DE DICEMBRE DE 2020), de forma que los miembros de la asamblea general puedan tener conocimiento suficiente de las candidaturas presentadas. Dada la actual situación sanitaria, se admitirá la remisión de candidaturas por correo certificado que se reciban antes de la fecha señalada. Finalizado el plazo, la junta electoral procederá al día siguiente hábil a la proclamación provisional de las candidaturas presentadas y a su publicación. Contra la proclamación provisional de candidaturas podrá interponerse reclamación, en el plazo de dos días hábiles, ante la propia junta electoral, que dispondrá como máximo de dos días hábiles para proclamar y publicar la lista definitiva de candidaturas.
Ante la eventualidad de que, debido a la actual situación sanitaria, no se autorizara la reunión de la asamblea de manera presencial, se realizaría de manera telemática con utilización de la aplicación Zoom para controlar el acceso de los asistentes y garantizar la votación anónima de los mismos.
El Presidente de la Comisión Gestora de la FCE,
Manolo González Morales
Ante la difusión en algunas redes sociales de información errónea o engañosa sobre la movilidad fuera de su municipio de espeleólogos federados para el desarrollo de su práctica deportiva, se adjunta la información recibida de la Dirección General de Deportes del Gobierno de Cantabria al respecto (Pincha aquí para verlo al completo).
En concreto,esta información aclara lo siguiente:
"d) Movimiento fuera del municipio:
Los deportistas profesionales, deportistas de alto nivel o alto rendimiento o deportistas que participen en liga nacional regular no profesional pueden salir fuera de los municipios o núcleos urbanos que están confinados a entrenar o competir en actividades deportivas federadas. Estos deportistas deben contar con licencia de la modalidad deportiva correspondiente en vigor y la Federación debe contar con protocolo para la prevención del COVID19 para entrenamientos y competiciones, o bien con un protocolo aprobado de la Federación Española correspondiente.
Los deportistas que participen en ligas o competiciones de ámbito autonómico sólo se permite la movilidad entre municipios colindantes para la actividad deportiva individual.
Para los no federados también se permite la movilidad entre municipios colindantes para la actividad deportiva individual o de actividad física individual al aire libre.
"Se restringe la entrada y salida de personas de los términos municipales de la Comunidad Autónoma de Cantabria en los que tengan fijada su residencia salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos, y sin perjuicio de que se permita la movilidad entre municipios colindantes de tránsito habitual para la realización de actividades socio-económicas y deportivas individuales o de actividad física individual al aire libre:
En el caso de la Espeleología, no existen en España deportistas profesionales, deportistas de alto nivel o alto rendimiento, categorías oficialmente regladas que cuentan con un catálogo nacional donde figuran inscritos y requieren por ello una declaración expresa por parte del CSD. Tampoco existen en Espeleología deportistas que participen liga nacional regular no profesional.
Por lo tanto, la posesión de una Licencia Deportiva en Espeleología, como en el caso de cualquier otro deporte fuera de las excepciones señaladas, no faculta a los interesados para moverse fuera del propio municipio o colindantes. Es importante tener en cuenta que en caso de accidente infringiendo estas disposiciones las compañías de seguros pueden no hacerse cargo del siniestro por tratarse de una práctica ilegal.
Rogamos que se difunda esta información entre todos los deportistas de vuestro club.
La Comisión Gestora de la FCE
En el día de hoy ha sido publicada en el Boletín Oficial de Cantabria Resolución conjunta de la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Cantabria (PINCHA AQUÍ) para la aprobación del “Protocolo de coordinación entre la Consejería de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte y la Consejería de Sanidad frente al COVID 19 en el deporte escolar y en equipos deportivos federados”, así como para compartir información en el ámbito de actuación de ambos departamentos para la gestión de la epidemia ocasionada por el COVID-19 durante 2020-2021 de la Comunidad Autónoma de Cantabria.
A fin de poner en marcha las medidas establecidas en el Protocolo conducentes a evitar, minimizar y, en su caso, gestionar las eventuales incidencias derivadas de la pandemia COVID 19 en el ámbito deportivo, se hace necesario elaborar un censo de deportistas y de sus respectivos entrenadores, de cada equipo o grupo de convivencia estable de cada club.
Al objeto de alcanzar dicho propósito se ruega a su Federación:
Un cordial saludo.
Mario Iglesias Iglesias
Director General de Deporte
Consejería de Universidades, Igualdad
Cultura y Deporte
Información de interes para clubes, entrenadores, etc., publicada en el BOC. Pincha aquí para ver el Decreto 87/2020, de 24 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones por la Sociedad Regional de Educación Cultura y Deporte, SL (SRECD) a empresas y a personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en el ámbito de la cultura y el deporte.